La Resolución Nº 1396/2022 de 19 de agosto de 2022 extiende hasta el 30 de setiembre 2022 el plazo para la presentación de la declaración jurada de IRPF e IASS correspondiente al año 2021.
Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2021 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:
Fuente:
Resolución Nº 2.098/2021
La Resolución Nº 1396/2022 de 19 de agosto de 2022 extiende hasta el próximo 30 de setiembre el plazo para la presentación de la declaración jurada de IRPF e IASS correspondiente al año 2021.
Ejemplo: por la facturación de servicios del mes de enero de 2022, el anticipo Fonasa vence el 21 de febrero.
El plazo para la presentación de la Declaración Jurada Fonasa Servicios Personales es del 7/2/2022 al 30/04/2022.
FUENTE: BPS